INTERES GENERALNACIONALES

EL USO Y CLONACIÓN DE VOCES, VIOLA LEYES ARGENTINAS Y EL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL ARGENTINO

AVISO IMPORTANTE SOBRE USO Y CLONACIÓN DE VOCES.

La voz es un derecho personalísimo protegido por la legislación argentina.

Queda terminantemente prohibido solicitar, inducir o intentar obtener audios, grabaciones o muestras vocales con el fin de clonar, sintetizar, imitar o reproducir voces mediante sistemas de inteligencia artificial sin autorización expresa del titular de dicha voz.

Toda solicitud que implique:

  • Frases específicas y no relacionadas con un proyecto real.
  • Pedidos insistentes de grabaciones aisladas sin contexto.
  • Requerimientos para probar micrófonos, leer textos genéricos, grabar números o palabras aisladas.
  • Propuestas que omitan datos de la empresa, finalidad del proyecto o contrato formal.

La misma, será considerada sospechosa y podrá ser rechazada de forma inmediata.

El uso no autorizado de una voz, (incluida su clonación o reproducción por IA) constituye una violación a:

Ley 11.723. (Derechos de Autor y Conexos)

Código Civil y Comercial de la Nación. (arts. 51, 52 y concordantes – Derechos personalísimos e identidad)

Ley 26.522. (Servicios de Comunicación Audiovisual – Protección de Intérpretes y Locutores)

Normativa vigente sobre protección de datos personales y uso indebido de identidad.

El incumplimiento de estas normas habilita acciones civiles y penales de mi parte, así como reclamos por daños y perjuicios, lucro cesante, violación del derecho a la imagen y a la identidad sonora.

Toda comunicación que presente indicios de intento de clonación de voz será registrada y, de ser necesario, denunciada ante las autoridades competentes.