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Cambios en el pago de Ganancias: los nuevos pisos, escalas y cuotas

El ajuste semestral por inflación elevó los mínimos para tributar Ganancias y actualizó las categorías.

El ajuste, equivalente al 16,8% según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informada por el INDEC, modifica tanto los mínimos no imponibles como las escalas del tributo y los parámetros del régimen simplificado.

En el caso de un trabajador soltero y sin hijos, el impuesto comenzará a aplicarse desde un salario neto mensual de $2.909.507, equivalente a un sueldo bruto de $3.505.431.

Para un empleado con cónyuge y dos hijos, el nuevo piso será de $3.386.017 netos, lo que representa un ingreso bruto de $4.079.590.

Como el Impuesto a las Ganancias se liquida de manera anual, durante la primera mitad del año las retenciones se realizaron con la escala anterior. Por ese motivo, algunos trabajadores podrían registrar saldos a favor en las liquidaciones correspondientes al segundo semestre.

Deducciones actualizadas
Las principales deducciones para empleados en relación de dependencia quedaron establecidas de la siguiente manera:

Cónyuge o conviviente: $5.667.094,72 anuales.
Hijo: $2.857.936,54 anuales.
Hijo con incapacidad para el trabajo: $5.715.873,08 anuales.
Por su parte, los trabajadores autónomos comenzarán a tributar Ganancias a partir de ingresos mensuales de $2.256.489,46.